“Con el fin de respetar y proteger el interés superior de los niños, las niñas y adolescentes, para la expedición de copias o certificados de registros civiles de menores de 18 años, se deberá acreditar alguna de las calidades establecidas en el artículo 13 de la Ley 1581 de 2012, de personas a las cuales se les puede suministrar la información:
“- A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales;
“- A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;
“- A los terceros autorizados por el representante legal del titular o por la ley”. (Circular Única de Registro Civil e Identificación versión 8 página 203, literal f.  Expedición de copias y certificado de Registro Civil de datos de niños, niñas y adolescentes.)
Si el registro solicitado contiene algún dato que pueda considerarse sensible y que afecte la intimidad del titular o cuyo uso indebido pueda generar su discriminación, como los relacionados con procesos de adopción, cambio de género e inscripción de personas intersexuales, el funcionario registral solo podrá expedir la copia de este al titular, sus causahabientes, sus representantes legales, a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales (por orden judicial) o a los terceros autorizados por el titular o por la ley. (Página de la Registraduría Nacional del Estado Civil).
COSTO DE LA EXPEDICIÓN DE LA COPIA DE UN REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO, MATRIMONIO O DEFUNCIÓN:  De conformidad con la Resolución  1523 del 14 de febrero de 2024 emanada de la Registraduría Nacional del Estado civil, la copia o el certificado del Registro Civil tiene un costo de $ 9.800, tarifa vigente a partir del 1 de marzo de 2024.
Una vez cumplida la mayoría de edad, el interesado puede solicitar la expedición de copia del registro civil de nacimiento para realizar el trámite de su cédula de ciudadanía, debiendo presentar el correspondiente documento de identificación (tarjeta de identidad o pre-cédula). La expedición de ésta copia está exenta de pago.
Igualmente se encuentra exenta de pago la expedición de la primera copia del registro civil de nacimiento.
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